Informacion contable y presupuestal

Información Pública
La información pública de oficio u obligatoria, es aquella que los sujetos obligados de la Ley y su reglamento deberán proporcionar, actualizar y poner a disposición del público de manera regular y permanente, sin que medie o se presente solicitud de acceso a la información alguna y procurar así una adecuada rendición de cuentas.

De las Obligaciones de Transparencia Comunes de los Sujetos Obligados

Artículo 74.- Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley y sin necesidad de que medie o se presente solicitud de información alguna, todos los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada de manera regular y permanente, a travéws del Portal de Transparencia y la Plataforma Nacional, las siguientes obligaciones de transparencia:

De las Obligaciones Específicas de los Sujetos Obligados

Artículo 80.- Además de las obligaciones de transparencia comunes descritas en el artículo 74 de la presente Ley, los órganos u organismos públicos autónomos del Estado deberán poneer a disposición del público y mantener actualizada las siguientes oblicaciones de transparencia: